Las
fuentes del derecho son aquellas contribuciones que originan el sistema
jurídico y de las cuales nacen las normas jurídicas que regulan la vida de las
personas.
Las
fuentes del Derecho son diferentes dependiendo del sistema de derecho ante el
que nos encontremos. Es decir, el derecho continental o europeo y el derecho
anglosajón no se nutren de las mismas fuentes.
Las
fuentes que generan el derecho son reales, históricas y formales.
Fuentes formales
Las
fuentes formales también pueden denominarse procesos de creación de las normas
jurídicas; éstas son instrumentales, pues a través de ellas se pretende saber
cuándo y en qué condiciones una norma jurídica es válida y obligatoria para una
sociedad determinada.
Tradicionalmente,
la legislación, la jurisprudencia y la costumbre son consideradas como fuentes
formales en nuestro sistema jurídico. En nuestro país, el proceso de creación
del derecho se encuentra previsto y regulado en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. De manera indirecta, en el último párrafo del
artículo 14 constitucional, se establece la prelación de las fuentes formales
del derecho, a saber:
Artículo
14
En
los juicios del orden civil, la sentencia definitiva deberá ser conforme a la
letra o a la interpretación jurídica de la ley, y a falta de ésta se fundará en
los principios generales del derecho”
Fuentes
reales
El
derecho es un producto social que, en consecuencia, se encuentra en constante
evolución. El derecho es dinámico y cambia en la medida en que lo hace la
sociedad que le da origen y a la cual regula.
Cuando
analizamos al derecho desde una perspectiva sociológica, nos topamos con las
denominadas fuentes reales del derecho: las fuentes reales se componen de todas
las características y necesidades de una comunidad que, a su vez, delimitan el
contenido y el alcance de sus propias normas jurídicas. Las fuentes reales, o
materiales, pueden reducirse a dos: ideales de justicia y circunstancias
históricas.
Fuentes
históricas
Al
cuestionarnos sobre el origen de un sistema normativo debemos hacer referencia
a aquellos documentos históricos que hablan o se refieren al derecho.
En
el pasado, estos documentos eran de la índole más diversa, como papiros,
pergaminos, citas jurídicas, etcétera. Todos estos documentos reciben el nombre
de fuentes históricas. Las fuentes históricas son indispensables para conocer
el texto de una ley, un tratado, etcétera.
En
México, algunas fuentes históricas son el Diario Oficial de la Federación, el Semanario
Judicial de la Federación y otras revistas que publican la jurisprudencia de
diversos tribunales. Consideramos a éstas como fuentes históricas porque son
documentos que, aunque ya no estén vigentes en la actualidad, contienen las
disposiciones normativas que rigieron determinada época y que, incluso,
recopilan los argumentos expuestos tras dichas disposiciones. La importancia y
utilidad de las fuentes históricas radica en que nos permiten conocer y
comparar la forma en que se han regulado determinadas situaciones de derecho y
sus contextos.
Fuentes son los procedimientos mediante los cuales
se llegó a la creación de la norma jurídica, estas fuentes son la legislación,
la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del
derecho.
La legislación es el proceso mediante el cual los órganos
del Estado, (el Congreso de la Unión, que se conforma por la Cámara de
Diputados y Cámara de Senadores), crean las normas jurídicas generales,
abstractas y obligatorias que integrarán la ley.
La costumbre; Es la regulación de la conducta surgida
espontáneamente de un grupo social y de observancia voluntaria para quienes lo
constituyen, sin que ante su infracción quepa la posibilidad de la imposición
forzosa por la autoridad, salvo que se encuentre incorporada al sistema
jurídico nacional.
La jurisprudencia; Es el conjunto de principios y doctrinas
contenidas en las decisiones de ciertos tribunales. La jurisprudencia puede ser
de dos tipos: Interpretativas, ésta cumple con la función de interpretar a la
ley.
La doctrina es la fuente formal del Derecho que está
constituida por las opiniones escritas de los estudiosos del Derecho al
reflexionar sobre la validez formal, real o intrínseca de las normas jurídicas.
Los principios generales del Derecho son el origen o el
fundamento de las normas, y participan de la idea de principalidad, que les
otorga primacía frente a las restantes fuentes del Derecho. Se fundan en el
respeto de la persona humana o en la naturaleza misma de las cosas.
González, Á. R. M. (s. f.). Las fuentes de conocimiento
de lo jurídico. SCIELO. http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0041-86332014000100002
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derecho. Economipedia.
https://economipedia.com/definiciones/fuentes-del-derecho.html